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DEMARCACIÓN DE ANDALUCÍA, CEUTA y MELILLA DEL CICCP

La Comisión Nacional dice que impedirles realizar los informes de evaluación de edificios es contrario a la Ley de Unidad de Mercado y puede llevarlo a la Audiencia Nacional. Recoge un informe de su homólogo valenciano que recogía que incluir a los ingenieros podía ahorrar dos millones.

Noticia extraída del diario Expansión

La Ley de Garantía de la Unidad de Mercado está provocando quebraderos a la Generalitat y ya le ha abierto varios frentes con la Comisión Nacional de los Mercados y la Compentencia (CNMC). El último ha sido a cuenta de los ingenieros de caminos, canales y puertos, que decidieron recurrir al órganismo en una de las pugnas que mantienen con varias Administraciones Públicas para que se reconozca su titulación para emitir informes de evaluación de edificios.

Los profesionales consideran que el decreto del Consell del 27 de abril que regula la realización del informe de evaluación del edificio de uso residencial de vivienda -las revisiones obligatorias para acreditar el buen estado de un inmueble- y su registro autonómico supone un agravio comparativo. El decreto limita su redacción a arquitectos, aparejadores y arquitectos técnicos. Es decir, excluye a los ingenieros para poder elaborar ese trabajo.

Tras analizar la reclamación, la Comisión da la razón a los ingenieros y estima que el artículo 8 del decreto autonómico «constituye una restricción de acceso a la actividad económica». Según el organismo, las leyes autonómicas vigentes no incluyen esa restricción.

En el informe aprobado el pasado 27 de junio señala que ese tipo de limitaciones debe justificarse por la «salvaguarda de alguna razón imperioso de interés general» y razonarse su proporcionalidad.

«Debería haberse evitado asociar una reserva de actividad a una titulación o a titulaciones concretas, optando por vincularla a la concreta capacitación y experiencia técnicas del profesional en cuestión, de acuerdo con la doctrina del Tribunal de Justicia de la UE».

Precedente autonómico

Además, el organismo estatal basa su decisión en un informe de la Comisión de Competencia de la propia Comunidad Valenciana, que ya había dado la razón a los ingenieros, en este caso frente al Ayuntamiento de Santa Pola (Alicante) en 2017. Ese informe estimaba que además de la legalidad comunitaria y de la Ley de Unidad de Mercado, permitir a los ingenieros redactar los informes de evaluación de edificios «podría traducirse en una reducción del precio de 27,5 euros y 35,1 euros en Santa Pola y Comunidad Valenciana, respectivamente». En el caso autonómico estimaba que podía ahorrar dos millones de euros al año a los ciudadanos.

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La Comisión Nacional dice que impedirles realizar los informes de evaluación de edificios es contrario a la Ley de Unidad de Mercado y puede llevarlo a la Audiencia Nacional. Recoge un informe de su homólogo valenciano que recogía que incluir a los ingeniros podía ahorrar dos millones. Tras analizar la reclamación, la Comisión da la razón a los ingenieros y estima que el artículo 8 del decreto autonómico «constituye una restricción de acceso a la actividad económica».
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