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El Colegio lleva a cabo una labor de defensa de los intereses de la profesión en relación a la función pública y a las licitaciones, en orden a que las competencias y ámbitos propios de la profesión sean adecuadamente considerados por las Administraciones Públicas. Las Demarcaciones están encargadas de la defensa en el ámbito local y autonómico y plantean recursos administrativos y desde Sede Central se realiza la defensa en el ámbito estatal y en las instancias judiciales.

A continuación se relacionan las Sentencias más relevantes obtenidas desde el 1 de enero de 2019 en procedimientos derivados de acciones judiciales en defensa de la profesión:

 

Fecha

Descripción

25 Sept
Sentencias

Sentencias TS: los Graduados en Ingeniería Civil no pueden acceder ni al Cuerpo de Ingenieros de Caminos del Estado ni a las plazas reservadas para Ingenieros de Caminos

El Tribunal Supremo sienta jurisprudencia, en dos Sentencias de 25 y 26 de septiembre de 2019, sobre el acceso a plazas de Ingenieros de Caminos, Canales y Puertos. En ambas, el Alto Tribunal, desestima sendos recursos de casación del Colegio de Ingenieros Técnicos de Obras Públicas y establece que los Graduados en Ingeniería Civil no pueden acceder ni al Cuerpo de Ingenieros de Caminos, Canales y Puertos del Estado ni a plazas de Ingenieros de Caminos, Canales y Puertos, pues debe adecuarse a la titulación necesaria para el ejercicio de esta profesión regulada, que en nuestro caso es el título de Ingeniero de Caminos, Canales y Puertos o el Máster Universitario habilitante para el ejercicio de la profesión de Ingeniero de Caminos, Canales y Puertos.

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+ Nota del INAP sobra las Sentencias del Tribunal Supremo

 

02 Sep
Sentencias

La Sentencia es del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía, desestima el recurso de apelación del Ayuntamiento de Granada

Da la razón al Colegio y confirma la Sentencia del Juzgado de lo Contencioso-Administrativo Nº 4 de Granada, que había estimado nuestro recurso sobre una plaza interina de Ingenieros en el Ayuntamiento de Granada y había declarado que el título para cubrir interinamente el puesto de Ingeniero de Caminos, Canales y Puertos del Ayuntamiento de Granada tenía que ser el de Ingeniero de Caminos, Canales y Puertos (preBolonia) o el de Máster en Ingeniería de Caminos, Canales y Puertos (postBolonia), no pudiendo optar a él lo graduados en Ingeniería Civil. Adjunto, también, la primera Sentencia, el escrito de demanda y la oposición a la apelación, por si sus motivos y argumentos son útiles para casos similares

 

02 Sep
Sentencias

Resolución del Ayuntamiento de Ribadesella que estima el recurso del Colegio, seguido a instancias de la Demarcación de Asturias

Se trataba de una Licitación de un contrato de servicios de dirección facultativa y redacción de las obras de adecuación ambiental del entorno y accesos al Centro de Arte Rupestre de la Cueva de Tito Bustillo, restringido inicialmente a arquitectos. En el recurso, que va adjunto, se justificó que la proximidad de un Bien de Interés Cultural no implica la intervención necesaria de un arquitecto. La resolución estima las alegaciones del Colegio y permite la concurrencia de los Ingenieros de Caminos.

 

02 Sep
Sentencias

Juzgado de lo Contencioso-Administrativo Nº 2 de Mérida, ha estimado el recurso del Colegio, en Sentencia de 2 de septiembre, anulando una licitación del Ayuntamiento de Quintana de la Serena

No permitía a los Ingenieros de Caminos, Canales y Puertos ser los redactores del proyecto ni los directores de obra de un pabellón polideportivo.

 

31 Jul
Sentencias

El Juzgado de lo Contencioso-Administrativo Nº 2 de Pontevedra, en Sentencia de 31 de julio de 2019, ha estimado el recurso del Colegio y declara que fue contraria a Derecho la licitación del Concello de Pontevedra

Solicitaba que el delegado de una obra de acondicionamiento de un tramo urbano del Camino de Santiago fuera Arquitecto o Arquitecto Técnico y no permitía a los Ingenieros de Caminos, Canales y Puertos ser los delegados de obra.

 

03 Jul
Sentencias

El Tribunal Superior de Justicia de Galicia, en Sentencia de 3 de julio de 2019, ha estimado el recurso del Colegio y anula parcialmente la relación de puestos de trabajo de la Consellería de Medio Ambiente y Ordenación del Territorio de la Xunta de Galicia

Por la falta de inclusión de la titulación de Ingeniero de Caminos, Canales y Puertos para los puestos de trabajo de Jefe de Sección de Evaluación Ambiental y de Jefe de Sección de Gestión Ambiental (3 puestos).

 

20 Jun
Sentencias

El Tribunal Superior de Justicia de Madrid anula la denominación del “Colegio de Ingenieros Técnicos de Obras públicas e Ingenieros Civiles”

Desde el Colegio entendemos que los Ingenieros de Caminos, Canales y Puertos son profesionales de la Ingeniería Civil, y que, por ello, la denominación de “Colegio Ingenieros Técnicos de Obras Públicas e Ingenieros Civiles” provoca confusión en la identificación y delimitación las dos profesiones (ICCP/ITOP) y que la denominación de un colegio profesional debe responder a la de la profesión que regula (Ingeniería Técnica de Obras Públicas en el caso del CITOP). Por eso requerimos al CITOP que dejara de utilizar la denominación de “Colegio de Ingenieros Técnicos de Obras Públicas e Ingenieros Civiles”, que no está aprobada por el Gobierno. Como no nos hicieron caso recurrimos a los Tribunales. Os mando adjunta la Sentencia, que se puede resumir en lo siguiente:
-El TSJ estima nuestro recurso, anula la denominación de “Colegio de Ingenieros Técnicos de Obras Públicas e Ingenieros Civiles” y acuerda el cese de su uso.
-La única denominación que puede utilizar, mientras no se produzca su cambio por Real Decreto, la de “Colegio de Ingenieros Técnicos de Obras Públicas, CITOP”.
-Señala el TSJ no cabe dudar del interés de nuestro Colegio en impugnar la denominación, dado el ámbito de actuación profesional concurrente en la ingeniería civil.
-No obstante, no entra en el fondo, pues el cambio de denominación no ha sido aprobado por el Gobierno y no puede realizar un pronunciamiento previo.

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20 Jun
Sentencias

El Juzgado de lo Contencioso-Administrativo Nº 3 de Córdoba, en Sentencia de 20 de junio de 2019, ha desestimado el recurso del Colegio Oficial de Arquitectos de Córdoba

Ha dado la razón a nuestro Colegio y al Ayuntamiento de Córdoba entendiendo que los Ingenieros de Caminos, Canales y Puertos son competentes para realizar el estudio de la cimentación y estructura de un edificio municipal catalogado, al no tratarse de un proyecto sometido a la Ley de Ordenación de la Edificación (si no de un estudio).

 

30 May
Sentencias

Metodología BIM en los pliegos de las contrataciones públicas

Resolución del Órgano Administrativo de Recursos Contractuales del País Vasco que estima correcto exigir en las licitaciones que los proyectos sean presentados en BIM. Considera que dada la implantación del BIM no hay que prever la presentación alternativa en otro sistema. Esta resolución pone de relieve la importancia de seguir trabajando en la formación en BIM.
Resolución 102/2019, de 30 de mayo, de la Titular del Órgano Administrativo de Recursos Contractuales de la Comunidad Autónoma de Euskadi / Euskal Autonomia Erkidegoko Kontratuen inguruko Errekurtso en Administrazio Organoaren titularra, en relación con el recurso especial en materia de contratación interpuesto por el Colegio Oficial de Arquitectos Vasco-Navarro frente a los pliegos que han de regir el contrato de “Redacción de proyecto y dirección de las obras de ejecución de tres edificios industriales y su urbanización complementaria en la parcela J2 del polígono Bildosola de Artea”, tramitado por Arratiako Industrialdea, S.A.

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27 May
Sentencias

Sentencia de la Audiencia Nacional de 27 de mayo de 2019 sobre el acceso al Cuerpo de Ingenieros de Caminos, Canales y Puertos del Estado.

La Audiencia Nacional desestima el Recurso del Colegio de Ingenieros Técnicos de Obras Públicas (CITOP) frente a la convocatoria, del año 2015, del proceso selectivo para ingreso en el Cuerpo de Ingenieros de Caminos, Canales y Puertos del Estado.
La Audiencia Nacional declara que los graduados en Ingeniería Civil no pueden acceder al Cuerpo de Ingenieros de Caminos, Canales y Puertos del Estado.
Está pendiente de Sentencia del Tribunal Supremo un recurso de casación del CITOP, frente a una anterior Sentencia de la Audiencia Nacional, que resolvía en el mismo sentido que la comentada, sobre la convocatoria de acceso al Cuerpo de Ingenieros de Caminos, Canales y Puertos del Estado del año 2014. A la vista de la última Sentencia del Tribunal Supremo sobre la cuestión (acceso al Cuerpo de Ingenieros Industriales del Estado) lo más probable es que la sentencia sea favorable a nuestra posición.
En estos asuntos, el Colegio además de intervenir como codemandado, junto con la Administración General del Estado, también ha asumido la dirección letrada de la Asociación de Ingenieros de Caminos, Canales y Puertos del Estado.

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25 May
Sentencias

Sentencia del Tribunal Superior de Justicia (TSJ) de Galicia, de 25 de mayo de 2019, sobre los puestos de Jefe de Sección de Proyectos y Gestión de la Energía y de Jefe de Sección de Inspección Medio Ambiental, del Ayuntamiento de A Coruña.

El Ayuntamiento de A Coruña aprobó su relación de puestos de trabajo, en las que los Ingenieros de Caminos, Canales y Puertos no podían optar al puesto de Jefe de Sección de Proyectos y Gestión de la Energía ni al de Jefe de Sección de Inspección Medio Ambiental, del Ayuntamiento de A Coruña. Para el puesto de Jefe de Sección de Proyectos y Gestión de la Energía el Ayuntamiento solicitaba las titulaciones de Arquitecto e Ingeniero Industrial y Arquitecto Técnico e Ingeniero Técnico Industrial y para el de Jefe de Sección de Inspección Medio Ambiental requería las titulaciones de Física, Química, Biología, Veterinaria, Ingeniero Técnico Industrial o Ingeniero Técnico Agrícola.
El TSJ declara el derecho de los Ingenieros de Caminos, Canales y Puertos a optar a los puestos de Jefe de Sección de Proyectos y Gestión de la Energía y de Jefe de Sección de Inspección Medio Ambiental.

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20 May
Sentencias

Sentencia TSJ GALICIA RPT Ayuntamiento de La Coruña Proyectos y Gestión de la Energía e Inspección Medio Ambiental

Sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Galicia que, respecto de la Relación de Puestos de Trabajo del Ayuntamiento de A Coruña, estima el recurso de apelación del Colegio y entiende que el Ayuntamiento de A Coruña ha vulnerado los principios de libertad de acceso con idoneidad, de igualdad, mérito y capacidad al excluir la titulación de Ingeniero de Caminos, Canales y Puertos de la posibilidad de acceder a los puestos de Jefe de Sección de Proyectos y Gestión de la Energía y Jefe de Sección de Inspección Medio Ambiental; por lo que declara el derecho de los Ingenieros de Caminos, Canales y Puertos a acceder a los puestos referidos.

 

07 May
Sentencias

Resolución favorable, del Ayto. de Torreblascopedro (Jaén) sobre un asunto llevado directamente desde la Demarcación de Andalucía

Relativo a una licitación de dirección de obras de nivelación y repavimentación de caminos que se restringía a arquitecto. La resolución estima las alegaciones de la Demarcación y permite la concurrencia de los Ingenieros de Caminos.

 

30 Abr
Sentencias

El TSJ de Andalucía confirma que los grados en Ingeniería Civil no pueden optar a plazas de Ingenieros de Caminos

El Ayuntamiento de Granada había convocado una plaza interina de Ingeniero de Caminos para Graduados en Ingeniería Civil. El Colegio recurrió y el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo Nº 4 de Granada estimó el recurso. El Ayuntamiento apeló la Sentencia.
El TSJ desestima el recurso de apelación del Ayuntamiento de Granada y confirma la Sentencia del Juzgado de lo Contencioso-Administrativo Nº 4 de Granada, declarando que el título para cubrir interinamente el puesto de Ingeniero de Caminos, Canales y Puertos del Ayuntamiento de Granada es el de Ingeniero de Caminos, Canales y Puertos (preBolonia) o el de Máster en Ingeniería de Caminos, Canales y Puertos (postBolonia), no pudiendo optar a él los graduados en Ingeniería Civil.

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10 Abr
Sentencias

El TSJ del País Vasco confirma que sólo los Ingenieros de Caminos pueden ser responsables de obras hidráulicas

La Agencia Vasca del Agua aprobó una modificación de la RPT en la que los cuatro puestos de Responsable de Obras Hidráulicas, por una parte, y los once de Técnicos de Obras Hidráulicas, por otra, estaban abiertos, además de a Ingenieros de Caminos, Canales y Puertos, a Ingenieros de Montes; Ingenieros Industriales; Ingenieros Agrónomos; Ingenieros Técnicos de Obras Públicas; Ingeniería Técnicos Industriales e Ingenieros Técnicos Agrícolas.
EL TSJ del País Vasco confirma la Sentencia del Juzgado de lo Contencioso-Administrativo número 3 de Vitoria-Gasteiz de 9 de marzo de 2017 que estimó el recurso del Colegio, de forma que los cuatro puestos de Responsable de Obras Hidráulicas de la Agencia Vasca del Agua, contemplados en la relación de puestos de trabajo, sólo pueden ser ocupados por Ingeniero de Caminos, Canales y Puertos, con exclusión de todas las demás profesiones.
Entiende el TSJ que se está dentro del ámbito de las competencias específicas de los Ingenieros de Caminos, Canales y Puertos, en toda su amplitud y en toda su especificidad, por cuanto los responsables deben estar en posición de asumir sus funciones en relación con todas las obras hidráulicas y proyectos que se presenten, cualquiera que sea su complejidad.
Ninguna otra titulación tiene competencias globales y extensas como los Ingenieros de Caminos, Canales y Puertos en este ámbito.
Sin embargo, respecto a los diferentes puestos de Técnico de Obras Públicas de la Agencia (que la Sentencia del Juzgado también había reservado a Ingenieros de Caminos, Canales y Puertos) el TSJ establece que no pueden optar a ellos los Ingenieros Industriales, los Ingenieros Técnicos Agrícolas, los Ingenieros Técnicos Forestales ni los Ingenieros Técnicos Industriales, pero admite que, además de los Ingenieros de Caminos, Canales y Puertos, puedan optar a ellos los Ingenieros Técnicos de Obras Públicas, los Ingenieros Agrónomos y los Ingenieros de Montes.

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03 Abr
Sentencias

Los Graduados en Ingeniería Civil no pueden redactar proyectos de acondicionamiento de carreteras complejos y que su desarrollo requieran conocimientos de más de una de sus especialidades

El Cabildo de Tenerife solicitaba en los pliegos de la licitación que el redactor de un proyecto de acondicionamiento de carreteras insulares en relación a circuito ciclista fuera Ingeniero de Caminos, Canales y Puertos. Recurrió el CITOP alegando la competencia de los Ingenieros Técnicos de Obras Públicas. El colegio se personó como codemandado junto con el Cabildo.
El Juzgado de lo Contencioso-Administrativo desestima el recurso del CITOP y entiende que la complejidad del proyecto, y la necesidad de las tres especialidades de los Ingenieros Técnicos, determina que sea correcta la exigencia de Ingeniero de Caminos, Canales y Puertos.
La Sentencia no es firme, pues el CITOP ha recurrido en apelación.

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02 Abr
Sentencias

La Justicia confirma que los graduados en Ingeniería Civil no pueden optar a plazas de Ingeniero de Caminos, Canales y Puertos

El Cabildo de Tenerife publicó una convocatoria para la lista de reserva de Ingeniero de Caminos, Canales y Puertos del Cabildo de Tenerife con el requisito de estar en posesión de la titulación de Ingeniero de Caminos, Canales y Puertos o equivalentes o de los Títulos de Grado correspondientes.
La Sentencia del Juzgado de lo Contencioso-Administrativo Nº 2 de Santa Cruz de Tenerife, estima el recurso del Colegio y elimina la referencia a los títulos de Grado correspondientes.

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08 Mar
Sentencias

Estimación recurso Demarcación de Navarra. Servicio de Asesoría Urbanística

Resolución favorable a un recurso interpuesto por la Demarcación de Navarra, en relación a una licitación de un servicio de asesoría urbanística. El Ayuntamiento de Alsasua se ha allanado al recurso.

 

28 Feb
Sentencias

El Tribunal Superior de Justicia de Extremadura abre a Ingenieros de Caminos cinco puestos de Medio Ambiente y Urbanismo de la RPT de la Consejería de Medio de Medio Ambiente y Rural, Políticas Agrarias y Territorio

El Tribunal Superior de Justicia de Extremadura, en Sentencia de 28 de febrero de 2019 ha estimado un recurso contencioso-administrativo interpuesto por el Colegio, seguido a instancias de la Demarcación de Extremadura, y ordena la Consejería de Medio de Medio Ambiente y Rural, Políticas Agrarias y Territorio modificar su relación de puestos de trabajo y a admitir a ingenieros de Caminos en cinco puestos con funciones del ámbito medioambiental y urbanístico:

1. Jefe de la Sección de Coordinación Sectorial. Mérida.
2. Jefe de la Sección de Gestión y Protección Ambiental. Mérida.
3. Jefe de la Sección de Autorizaciones Ambientales. Mérida.
4. Jefe de la Sección de Residuos. Mérida.
5. Jefe de la Sección de Gestión de Planeamiento Urbanístico y Territorial.

No existe ninguna norma que atribuya a los arquitectos ni a ningún otro ingeniero la exclusividad de la competencia para realizar labores en materia de urbanismo o medio ambiente, por lo que dados los conocimientos que adquieren los ingenieros de Caminos, Canales y Puertos con el cursado y superación de su titulación son plenamente competentes en materia de urbanismo y de medio ambiente.

Más información en serviciojuridico@ciccp.es.

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4 Feb
Sentencias

Sentencia del Juzgado de lo Contencioso-Administrativo nº 1 de Málaga, de 4 de febrero de 2019, sobre licitación del Servicio de Asistencia Técnica para la adaptación parcial del Plan General de Ordenación Urbanística de Marbella.

El Ayuntamiento de Marbella licitó el Servicio de Asistencia Técnica para los trabajos de adaptación parcial del Plan General de Ordenación Urbanística de Marbella, con una composición mínima del equipo redactor de 2 Arquitectos Superiores y 1 Arquitecto Técnico o 1 Ingeniero Técnico de Obras Públicas.
La Sentencia del Juzgado de lo Contencioso-Administrativo nº 1 de Málaga anula la licitación del Servicio de Asistencia Técnica para la adaptación parcial del Plan General de Ordenación Urbanística de Marbella, obligando al Ayuntamiento a incluir a los Ingenieros de Caminos, Canales y Puertos en igualdad de condiciones que a los Arquitectos Superiores.
La Sentencia no es firme. Ha sido recurrida por el Ayuntamiento.