DEMARCACIÓN DE ANDALUCÍA, CEUTA Y MELILLA DEL CICCP
Anexo I del Reglamento de Certificación y Acreditación Profesional del CICCP, actualizado por acuerdo de la Junta de Gobierno en su sesión del 27/6/22 y en su sesión de 26/6/23.
Son competencias de los Ingenieros de Caminos, Canales y Puertos, en general, la asesoría, análisis, diseño, cálculo, proyecto, planificación, dirección, gestión, construcción, mantenimiento, conservación y explotación en los campos de la ingeniería civil, de las infraestructuras y las obras públicas, de los recursos hidráulicos y energéticos, de la edificación, la construcción y las estructuras, del urbanismo y la ordenación del territorio y las costas, así como de los aspectos medioambientales relacionados con dichos campos.
También tienen competencia para cualquier trabajo en el que la titulación de Ingeniero de Caminos, Canales y Puertos (o Máster en Ingeniería de Caminos, Canales y Puertos) otorgue la capacidad y los conocimientos para desarrollarlo, salvo reserva por ley a otra titulación, de conformidad con el principio de libertad con idoneidad.
Actualmente la Orden CIN/309/2009, de 9 de febrero, por la que se establecen los requisitos para la verificación de los títulos universitarios oficiales que habiliten para el ejercicio de la profesión de Ingeniero de Caminos, Canales y Puertos, contiene las capacidades y conocimientos que se adquieren con el cursado y superación de la titulación.