Granada (Sede): 958 089 999 | Sevilla: 954 643 188 andalucia@ciccp.es

 

Introducción

 

El Trámite de Apostilla consiste en colocar sobre un documento público, o una prolongación del mismo, una Apostilla o anotación que certificará la autenticidad de la firma de los documentos públicos expedidos en un país firmante del XII Convenio de La Haya, de 5 de octubre de 1961, por el que se suprime la exigencia de Legalización de los Documentos Públicos Extranjeros que deban surtir efectos en otro país firmante del mismo. Así, los documentos emitidos en un país firmante del Convenio que hayan sido certificados por una Apostilla deberán ser reconocidos en cualquier otro país del Convenio sin necesidad de otro tipo de autenticación.

Según lo indicado en el Real Decreto 1497/2011, de 24 de octubre, por el que se determinan los funcionarios y autoridades competentes para realizar la legalización única o Apostilla, se puede acudir para apostillar un documento privado a aquellos Notarios en quien se deleguen, y en el que nuestra firma haya sido legitimada ya ante ellos.

Por tanto:


► Los Certificados emitidos por la Demarcación de Andalucía, Ceuta y Melilla del CICCP se podrán legalizar o apostillar para el extranjero (países firmantes del Convenio de la Haya) por vía Notarial, al tener ya registrada la firma de nuestro Secretario para dicha legalización.

Quiénes estén interesados en solicitarla, deben ponerse en contacto previamente con las Oficinas de la Demarcación llamando a: 958.089.999 / 954.643.188,  o por mail a: andalucia@ciccp.es